Ir al contenido

Proyecto independiente de I+D · Colonia

EUDR · Anexo I; artículo 35, apartado 6Adoptado, aun no aplicable

El café soluble entra en el ámbito del EUDR: el acto delegado de 13 de julio de 2026 modifica el anexo I y sigue bajo control

Fecha de aplicacion: 30 de diciembre de 2027

Publicado por Luiz Hogrefe: 22 de agosto de 2026

Que cambio

La Comisión Europea adoptó el 13 de julio de 2026 el acto delegado C(2026) 4920, que modifica el anexo I del Reglamento (UE) 2023/1115. Entran en el ámbito el café soluble (2101 11 00), las lenguas de bovino congeladas (ex 0206 21 00), el jabón (ex 3401 11 00 y ex 3401 20) y derivados oleoquímicos del aceite de palma, entre ellos 2916 15. Salen los cueros y pieles de bovino (ex 4101, ex 4104 y ex 4107), las correas transportadoras y de transmisión de caucho vulcanizado (ex 4010) y las demás manufacturas de caucho vulcanizado (ex 4016). Três entradas se estrecharon en lugar de suprimirse: ex 4012 pasa a ex 4012 90 30 y limita la obligación a la banda de rodadura, 1201 pasa a 1201 90 00 y deja fuera la soja para siembra, y ex 9401 pasa a una lista de asientos de madera que excluye los de aeronaves (9401 10 00) y los de vehículos automóviles (9401 20 00). El acto aún no está en vigor: según el artículo 35, apartado 6, del Reglamento (UE) 2023/1115 solo entra en vigor si ni el Parlamento Europeo ni el Consejo se oponen en dos meses desde la notificación de 13 de julio de 2026, plazo prorrogable otros dos. A 22 de agosto de 2026 el texto no se había publicado en el Diario Oficial.

Quien esta afectado

Exportadores brasileños de café soluble, productos bovinos, derivados oleoquímicos de aceite de palma y jabón, hoy fuera del ámbito y que pasarían a estar dentro. Y, a la inversa, operadores de cuero bovino, neumáticos recauchutados, manufacturas de caucho vulcanizado y asientos que venían preparándose para obligaciones que el acto retira o estrecha.

Que hacer

No tratar la nueva lista como vinculante todavía: el anexo I vigente sigue rigiendo hasta que termine el control y el texto se publique en el Diario Oficial. Para las entradas nuevas, el propio anexo del acto fija la aplicación a partir del 30 de diciembre de 2027, un año después del plazo de los operadores medianos y grandes. Conviene leer también las aclaraciones del acto sobre resíduos, productos usados y de segunda mano, muestras, materiales de embalaje y envíos de correspondência, que quedan fuera del ámbito.

Plazos relacionados

  • 30 de diciembre de 2027. Início de la aplicación de las entradas añadidas al anexo I del EUDR por el acto delegado de 13 de julio de 2026, entre ellas el café soluble.

Fuente primaria

https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-11910-2026-INIT/en/pdf

Comprobado contra la fuente primaria por Luiz Hogrefe el 22 de agosto de 2026; fuente consultada: https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-11910-2026-INIT/en/pdf.

Informacion verificada en fuente primaria en la fecha indicada. Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento juridico. Confirme la aplicabilidad a su caso concreto con su asesor.

AnyLAI - asistido por IA, verificado por humanos.