El Articulo 50 del AI Act entra en aplicacion: transparencia para sistemas de IA que interactuan con personas
Fecha de aplicacion: 2 de agosto de 2026
Publicado por Luiz Hogrefe: 13 de agosto de 2026
Que cambio
A partir del 2 de agosto de 2026, las obligaciones de transparencia del Articulo 50 del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act) pasan a aplicarse: los sistemas de IA que interactuan directamente con personas fisicas, generan contenido sintetico de audio, imagen, video o texto, o realizan reconocimiento de emociones o categorizacion biometrica deben informar esto al usuario.
Quien esta afectado
Exportadores y empresas de tecnologia brasilenas que operan chatbots, asistentes de atencion al cliente, generadores de contenido sintetico o sistemas de reconocimiento de emociones dirigidos a usuarios en la Union Europea.
Que hacer
Revisar todos los sistemas de IA dirigidos al publico de la UE y confirmar que la divulgacion de interaccion con IA exigida por el Articulo 50 esta implementada antes de operar en esos mercados.
Plazos relacionados
- 2 de agosto de 2026. Inicio de la aplicacion de las obligaciones de transparencia del Articulo 50 del AI Act.
Fuente primaria
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32024R1689
Comprobado contra la fuente primaria por Luiz Hogrefe el 13 de agosto de 2026; fuente consultada: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32024R1689.
